Como reclamar una indemnización por accidente de trabajo

Para reclamar una indemnización por un accidente de trabajo existen dos vías principalmente: La vía penal y la laboral.

Para reclamar una indemnización derivada de un accidente laboral por la vía penal, es necesario que se haya identificado correctamente que la empresa ha infringido la ley de prevención de riesgos laborales. A veces es muy sencillo saberlo, basta con ir a la Dirección provincial de Inspección de trabajo y seguridad social de la provincia donde residas y solicitar el informe de inspección si lo hubiere. Si en este informe de inspección se hubiera levantado un acta de infracción, se nos abrirían las puertas para la reclamación en vía penal.

Si no es tan clara la existencia de una infracción, siempre podremos reclamar la indemnización derivada de un accidente de trabajo a través de un procedimiento en la jurisdicción laboral. Este siempre empezaría por la presentación de una papeleta de conciliación en el SMAC de tu provincia. Si no se llegara a un acuerdo con la empresa se presentaría entonces la demanda correspondiente en los juzgados de los social correspondientes (domicilio de la empresa generalmente).

Consulta gratuitamente en el 914351078 o dejanos un mensaje en clientes@indemnizacionporaccidente.com

  1. enero 11, 2012 a las 12:02 am | #1

    es el año 2011 julio gracias

    • febrero 6, 2012 a las 3:38 pm | #2

      William, si han multado a la empresa por omisión de medidas de seguridad puedes reclamar a la empresa una indemnización. Podemos denunciar y conseguir que te valore un médico forense del juzgado y no hace falta que te gastes dinero en una pericial médica. LLámanos y te asesoraremos con más profundidad en el 914351078 o 934147320

  2. enero 11, 2012 a las 12:01 am | #3

    buenas tardes. el 1° de julio del 2001 tube una quemadura electrica profunda de III grado en la mano derecha y otra en el dedo pulgar derecho de II grado la cirujia corrio la empresa y dos meses de tratamiento pero el resto hasta el momento nada a veces por la noche me duele constante menete la mano y la empresa no se hace cargo nada ya le an puesto 4 multas por falta de pruebas ahora se me hace dificil encontrar una cotizacion de salud por el accidente ke me pidio una abogada en el ministerio de trabajo como puedo hacer ..
    megustaria ke me ayuden

    • febrero 6, 2012 a las 3:42 pm | #4

      William está clarísimo que tienes derecho a una indemnización, pero no se lo que significa lo que te ha dicho esa abogado… supongo que no sabrá que esto es tan sencillo como presentar una denuncia por vía penal a la empresa para que te vea un forense y valore las lesiones y marque la indemnziación que te tiene que pagar su empresa y tu aseguradora.

  3. Juan
    noviembre 24, 2011 a las 1:40 pm | #5

    Hola, mi padre murió de un infarto cuando volvia del trabajo, concretamente de darle órdenas para las tareas del próximo día. Iba conduciendo por lo que el coche volcó. De esto hizo un año en septiembre y el empresario dice que no es culpa suya. Mi madre sólo tiene la pensión de viudedad. Era trabajador eventual del campo. ¿Tengo derecho a una indemnización? ¿Qué orden jurisdiccional es el competente? ¿Ha prescrito el plazo?

    Gracias.

    • noviembre 28, 2011 a las 3:47 pm | #6

      Juan, en principio no existe ninguna omisión de medidas de seguridad por lo que no se le puede reclamar a la empresa como responsabilidad civil. Sin embargo si podría tener derecho a una indemnización por el convenio colectivo que regule su profesión. La cantidad sería la que refleje el convenio.
      Necesitaríamos para poder asesorarte con profundidad que nos dijeras tanto el convenio colectivo que regulaba su profesión (que vendría en el contrato) como el lugar del accidente ya que cada comunidad autónoma es diferente…

  4. nacho
    octubre 12, 2011 a las 8:16 pm | #7

    he tenido un accidente de trabajo con amputacion del dedo indice de la mano izquierda,con posible amputacion del dedo pulgar y graves secuelas en la mano me gustaria saber que pasos debo seguir .indemnizacion ,incapacidad……

    • octubre 13, 2011 a las 9:23 am | #8

      Nacho, vamos a empezar a asesorarte con el tema de la incapcidad permanente. Por experiencia sabemos que el dedo índice y el pulgar son los que hacen el juego de pinza y las limitaciones de movimiento, y especialmente amputaciones suelen derivar en la incapacidad permanente total para la mayoría de las profesiones que requieran algún tipo de trabajo manual. Si este es tu caso cuando se produzca la estabiliación de las lesiones la mutua laboral te propondra para que pases un tribunal médico y este determinará tu grado de incapacidad. En este aspecto te tenemos que avisar que son malos momentos para la seguridad social en el tema de liquidez y nos estamos encontrando con un número creciente de trabajadores a los que les es denegada la incapacidad cuando es obvio que la merecen. Recuerda que en este tema hay que actuar con rápidez porque sólo tenemos 30 días para recurrir esa resolución. Puedes conseguir más información en nuestra página especializada en incapacidades permanentes .

      En lo que respecta a la indemnización, necesitamos saber como se produjo tu accidente, si la maquinaria que usabas cumplía con la normativa vigente, si has recibido formación en prevención de riesgos laborales y en definitiva intentar demostrar que el accidente no ha sido por negligencia tuya sino por una omisión de medidas de seguridad. Si somos capaces de demostrar esto podremos reclamar una indemnización por accidente de trabajo a tu empresa y a sus aseguradora. La cantidad sería bastante elevada, posiblemente si te dieran la incapaciad permanente podría ser una cantidad superior a los 100.000 euros, especialmente si tu edad no es demasiado avanzada.
      Ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos con mayor profundidad acerca de esto y de otras posibles indemnizaciones a las que también podr´´ias llegar a tener derecho como por ejemplo la que establecezca el convenio colectivo que regula tu profesión como indemnización por incapacidad permanente total

  5. jose antonio
    octubre 6, 2011 a las 9:14 am | #9

    Muy buenos dias. El pasado 4 de febrero de 2011 mientras trabajava en mi empresa, un camion dando marcha atras me atropello, lesiones cabeza dormida desde ese mismo dia has el dia de hoy y rotura de acromion y biceps destrozado ( no se pueden coser los musculos) me an estado dando rehabilitacion durante al menos 5 meses sin mejoria ninguna, de echo que ya an dejado de darme rehabilitacion. el pasado lunes acudo a mi mutua para una citacion y me dicen que el proximo lunes me darn el alta, yo trabajo en la recogida de basura y mi trabajo es estar 8 horas subiendome y bajandome a un camion, yo he perdido toda la fuerza y masa muscular del brazo derecho, todo se me cae de las manos, tengo derecho a una indemnizacion por parte del seguro del camion y de la empresa? o tengo que conformarme con volver a trabajar en algo que para mi es imposible por la perdida de movilidad en el miembro derecho?

  6. Angel
    octubre 3, 2011 a las 7:52 pm | #10

    Buenas tardes, tuve un accidente in itinere, al año me declaran ena ILPT del 75 %. Me dieron 36 meses de provisoriedad. Al dia de hoy se estan por cumplir los 36 meses, por lo tanto se aproxima la junta medica para establecer la incapacidad definitiva. En 2009 se modificaron los adicionales a las indeminizaciones como asi tambien las indemnizaciones no tienen techo. Por lo tanto quisera saber si esos incrementos me corresponden a pesar de que mi accidente fue en 2007 y en 2008 se me declaro la LPT?

    • octubre 7, 2011 a las 8:31 am | #11

      Angel disculpenos pero no entendemos exactamente su consulta, por los términos que usa supongo que nos escribe desde fuera de España y por eso supongo que las nomenclaturas son distintas y por eso no conseguimos entenderle. Si es así sentimos mucho no poder ayudarle y kle deseamos mucha suerte. Si el accidente de trabajo ocurrió en España, llámenos e intenbtaremos asesorarle telefónicamente….

  7. fernando
    septiembre 28, 2011 a las 10:32 am | #12

    Hola, en el 2007 mientras trabajaba en la empresa transportando una caja con materiales y componentes electricos tropece y al caer la caja, me aplastó la mano derecha. Según la mutua era un esguince y a los pocos dias me dieron el alta. Pero como los dolores persistian acudi al medico de cabecera y me mandó al traumatologo, que determinó que tenía fractura de escafoide con necrosis. Por ignorancia no presente denuncia en la inspección de trabajo y ahora me han reconocido una permanente total para la profesión habitual tras sufrir sucesivas operaciones, pero no estoy conforme ya que fue por accidente no por enfermedad, ¿que puededo hacer?

    • septiembre 28, 2011 a las 2:51 pm | #13

      Fernado, desgraciadamente ya no se puede hacer nada, pero si tenías suficientes años cotizados en principio no debería haber ninguna diferencia salvo por el seguro obligatorio de convenio, es decir el seguro que se negocia en los convenios colectivos que establecen una indemnización cuando se obtiene una incapacidad por un accidente de trabajo…

  8. Gilberto Delgado Reyes
    septiembre 12, 2011 a las 5:13 pm | #14

    El 19 de Febrero del 2010 Mientra estaba en mi trabajo tuve una Caída.
    Y ya asen casi dos Años que estoy en tratamiento medico en la Compañía
    Donde me han realizados varios estudios y me dice que tengo un problema en mi espalda
    una L4 L5 Y ahora la Dra. que me esta atendiendo me dice que debo ponerme una injecion para el dolor , ya que me dan fuertes dolores y se me están adormeciendo las piernas ,
    yo tengo 4.3 meses en el trabajo al días de hoy, dígame que debo hacer , yo tengo en casa mi récord Medico .

    • septiembre 13, 2011 a las 1:27 pm | #15

      Gilberto, creo que necesitas asesoramiento en dos temas indemnización por accidente de trabajo e incapacidad permanente total para tu profesión.
      Para saber si tienes derecho a una indemnización por accidente de trabajo necesitamos saber como se produjo la caida, si crees que se tomaron todas las medidas de prevención de riesgos laborales necesesarias, si hubo inspeción de trabajo y acta de infracción…

      En cuanto al tema de la incapacidad, como es un accidente de trabajo, en caso de que tus secuelas te impidan realizar tu trabajo da igual el número de años que lleves cotizados, podremos reclamar una pensión del 55 al 75% de tu salario en función de tu edad. Para nosotros es fácil determinar si vas a tener una incapacidad o no, simplemente necesitamos que nuestro servicio médico estudio tus informes médicos. Desgraciadamente, aunque realmente tus lesiones te incapaciten para desarrollar tu trabajo, casi siempre sule ser necesario la vía juduicial para que te reconozcan tus derechos, ya que la valoración de l a mutua y de la seguridad social a veces se ven influenciados por otros intereses…

      Consulta gratuitamente con nosotros y te asesoraremos sin compromiso alguno….

  9. carmen eugenia alfonso
    septiembre 7, 2011 a las 3:08 pm | #16

    Buenos dias
    el dia 21 de octubre del 2010 tuve un accidente de trabajo en la oficina ,me cahi me facture la roturla de la rodilla izquierda estuve incapacitada hasta el 3 de enero del 2011,llegue de nuevo a trabajar en donde debo permanecer 5 horas de pie ,lo cual me termina la rodilla inflamada y con mucho dolor,he realizado el equivalente de 50 terapias lo cual no me han servido de nada,en asistido por lo menos 6 a 7 veces dond ele optopedista,en dos ocasiones donde la fisiatra,otras donde le medico general y hoy que solicito de nuevo cita con el otorpresdita me infoman que el medico laboral dio por terminado mi proceso ,pregunto a que tengo derecho si me cuasta mucho trabajo subir y bajar escaleras y la rodilla me duele mucho me gustaria que me respondan a mi correo personal xxxxxxxxxxxxxxxxxx

    • septiembre 7, 2011 a las 3:52 pm | #17

      Carmen, por lo que cuentas hay que valorar si las secuelas derivadas de ese accidente de trabajo a día de hoy te impiden realizar algunas tareas de tu profesión y entonces solicitar una incapacidad parcial y conseguir así una indemnización de 24 mensualidades. O incluso, si la cosa fuera más grave, solicitar una incapacidad permanente total y obtener una pensión del 55% al 75% de tu salario…

      En cuanto al accidente de trabajo, sólo podrías reclamar una indemnización si en el accidente hubo algún tipo de omisión de medidas de seguridad…

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